DECRETO NÚMERO 57-2008
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
ARTICULO 10. INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO.

Numeral 13: La información relacionada al inventario de bienes muebles e inmuebles con que cuenta cada uno de los sujetos obligados por la presente ley para el cumplimiento de sus atribuciones;

01. Inventario de Bienes Muebles
  • Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles
  • 02. Inventario de Bienes Inmuebles.
    01. Inventario de Bienes Muebles
    02. Inventario de Bienes Inmuebles.

    Información Actualizada en el mes de Junio del año 2025.