DECRETO NÚMERO 57-2008
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
ARTICULO 10. INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO.

Numeral 13: La información relacionada al inventario de bienes muebles e inmuebles con que cuenta cada uno de los sujetos obligados por la presente ley para el cumplimiento de sus atribuciones;

01. Inventario de Bienes Muebles
  • Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles
  • 02. Inventario de Bienes Inmuebles.
    01. Inventario de Bienes Muebles
    02. Inventario de Bienes Inmuebles.
    01. Inventario de Bienes Muebles
    02. Inventario de Bienes Inmuebles.

    Información Actualizada en el mes de Abril del año 2025.