DECRETO NÚMERO 57-2008
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
ARTICULO 10. INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO.

Numeral 26: Los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados deberán publicar, por lo menos una vez al año, y a través del Diario de Centro América, un informe sobre: el funcionamiento y finalidad del archivo, sus sistemas de registro y categorías de información, los procedimientos y facilidades de acceso al archivo;

Publicación en Diario de CentroAmerica.
  • Archivo anual
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    Información Actualizada en el mes de Junio del año 2025.