DECRETO NÚMERO 57-2008
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA.
ARTICULO 10. INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO.

Numeral 28: Pertenencia Sociolingüistica: Las entidades e instituciones del Estado deberán mantener informe actualizado sobre los datos relacionados con la pertenencia sociolingüística de los usuarios de sus servicios, a efecto de adecuar la prestación de los mismos.

Pertenencia Sociolingüistica
Pertenencia Sociolingüística anual
Pertenencia Sociolingüistica

Información Actualizada en el mes de Junio del año 2025.